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Artículo 51 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a hacer que sea obligatorio para las empresas de servicios (como las de seguridad privada) que todo su personal pase por exámenes de confianza, que son pruebas para ver si son personas honestas y de fiar. Estos chequeos deben hacerse según las reglas que ya están escritas en la ley y en el reglamento de esta misma norma. En pocas palabras, los trabajadores van a ser evaluados para garantizar que sean confiables en su trabajo.

Texto oficial

Artículo 51.- La Secretaría establecerá como una obligación del Prestador del Servicio que su personal sea sometido a procedimientos de evaluación y control de confianza conforme a la normatividad aplicable y en los términos que establezca el Reglamento de la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.