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Artículo 64 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien del gobierno va a visitar a una empresa de servicios, lo hace para verificar que tenga los permisos necesarios para operar. También revisa que cumpla con todas las leyes y reglas que le aplican, así como con las condiciones que le pusieron al darle la autorización o al renovarla. En pocas palabras, es como una revisión para asegurarse de que el negocio está haciendo todo bien y dentro de lo que la ley le permite.

Texto oficial

Artículo 64.- El objeto de la visita será comprobar que el Prestador del Servicio cuente con la autorización, el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables con las que se encuentren autorizadas, así como de las obligaciones y restricciones a que se sujeta la autorización o revalidación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.