Artículo 101 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Junta va a crear las reglas sobre cómo cerrar y pagar todo lo que deban las Instituciones cuando terminen sus operaciones. Esto incluye cómo se van a vender sus bienes y pagar a quien le deban dinero. En palabras simples, la Junta decide el "plan" para que todo quede en orden cuando una Institución deje de funcionar.
Texto oficial
Artículo 101.- La Junta establecerá las reglas para la liquidación de las Instituciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.