Artículo 34 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien hace un testamento y deja fuera algunos datos sobre cómo debe formarse una institución (como una fundación o un fideicomiso), la Junta va a completar esa información. Para hacerlo, primero escuchará al albacea, que es la persona encargada de cumplir lo que dice el testamento. Lo más importante es que siempre se respete lo que el testador quería, aunque falten datos. Así que no te preocupes si faltan detalles, porque la autoridad los va a poner para que se cumpla tu voluntad.
Texto oficial
Artículo 34.- Si el testador omitió todos o parte de los datos relativos a la constitución de la institución, la Junta, oyendo al albacea, suplirá los faltantes, atendiendo en todo caso a la voluntad del testador.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.