Artículo 82 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las aseguradoras solo pueden comprar ciertos tipos de inversiones seguras, como bonos o deudas, que estén aprobados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Esto significa que no pueden invertir en cualquier cosa, solo en lo que esa autoridad ya dijo que está bien para las empresas de seguros. Así se cuida que el dinero que guardas en tu seguro esté en opciones confiables.
Texto oficial
Artículo 82.- Cuando las Instituciones adquieran valores negociables de renta fija, éstos deben estar comprendidos entre los autorizados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para la inversión de las empresas de seguros.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.