Artículo 205 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando tú, tu abogado o cualquier persona presente un documento o dé una declaración ante un tribunal mexicano, tienen que hacerlo jurando que están diciendo la verdad. Si mienten, se exponen a un castigo legal, así como si hubieran mentido directamente a una autoridad. No hace falta que el juez les advierta esto, porque ya es una regla automática. Lo mismo aplica para los peritos en derecho (expertos legales), quienes también deben hablar bajo protesta de decir la verdad, sin necesidad de que les recuerden las consecuencias.
Texto oficial
ARTÍCULO 205.- Las declaraciones que rindan las partes, sus apoderados, representantes legales o cualquier persona o los documentos presentados y suscritos por las partes, sus apoderados, representantes legales o cualquier persona ante el Tribunal o la Sala, las harán bajo protesta de decir verdad y sujetas a las penas en que incurren si declaran falsamente ante la autoridad, sin que se requiera apercibimiento alguno. Las declaraciones de peritos en derecho serán rendidas bajo protesta de decir verdad, sin que se requiera apercibimiento alguno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.