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Ley
Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Artículo
243

Artículo 243 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 243 explica cómo se toma una decisión (llamada "laudo") en una sesión. Primero, el presidente de la junta lee en voz alta su propuesta. Luego, si es necesario, se abre un debate para discutirla. Por último, el presidente pide que voten y anuncia el resultado.

Texto oficial

ARTICULO 243. En la sesión en que se dicte resolución se observarán las siguientes reglas: I. El presidente dará lectura a su propuesta de laudo; II. Acto seguido se abrirá, en su caso, la discusión correspondiente; y III. Finalmente el presidente recogerá la votación y declarará el resultado.

Ver texto oficial de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios (pág. 67) ↗

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