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Artículo 245 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El juez que resuelve el conflicto va a decidir basándose en lo que realmente pasó y actuando de manera honesta, sin enredarse en tecnicismos complicados para valorar las pruebas. Pero eso no significa que pueda hacer lo que quiera: tiene la obligación de explicar por escrito las razones y las leyes en las que se apoya su decisión. En otras palabras, el laudo (la resolución final) debe ser justa, clara y estar bien fundamentada, aunque no tenga que seguir reglas estrictas para evaluar las pruebas.

Texto oficial

ARTÍCULO 245. Los laudos se dictarán a verdad sabida y buena fe guardada, apreciando los hechos en conciencia, sin sujetarse a reglas o formulismos sobre estimación de las pruebas, pero expresarán los motivos y fundamentos legales en que se apoyen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 67) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.