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Artículo 246 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los laudos, que son las decisiones finales de un juez o tribunal, deben estar redactados de manera clara y entendible, sin rodeos ni confusiones. Además, tienen que ser exactos y tratar solo los temas que las partes pidieron en la demanda, la respuesta o durante el juicio, sin agregar cosas que no se hayan discutido a tiempo. En pocas palabras, el fallo debe responder directo a lo que cada quien reclamó, sin desviarse ni inventar cosas nuevas.

Texto oficial

ARTÍCULO 246. Los laudos deben ser claros, precisos y congruentes con la demanda, contestación y demás pretensiones deducidas en el juicio oportunamente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 67) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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