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Artículo 247 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un juez o representante se niega a votar o firmar una decisión del Tribunal, el secretario (el encargado de los trámites) le va a decir que está obligado a hacerlo y le va a explicar que si se sigue negando, puede meterse en problemas. Esas consecuencias están escritas en el reglamento interno del Tribunal. Básicamente, no pueden simplemente decir "no" sin enfrentar una sanción.

Texto oficial

ARTÍCULO 247.- Si alguno o todos los representantes ante el Tribunal o la Sala se negaren a votar o firmar una resolución, serán requeridos por el secretario, quien les indicará las responsabilidades en que incurren si no lo hacen, las cuales estarán previstas en el propio reglamento interior del Tribunal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 67) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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