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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley83/71
Ley
Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Artículo
71

Artículo 71 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sueldo es el dinero que una institución del gobierno te tiene que pagar por el trabajo que realizas. Es el pago que te toca recibir por los servicios que le prestas a esa dependencia.

Texto oficial

ARTÍCULO 71. El sueldo es la retribución que la institución pública debe pagar al servidor público por los servicios prestados.

Ver texto oficial de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios (pág. 14) ↗

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