Artículo 72 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú y otro compañero hacen el mismo trabajo, en el mismo puesto, horario y con resultados similares, deben ganar el mismo sueldo, sin importar si eres hombre o mujer. La ley dice que no puede haber diferencias de pago por el género de la persona. Además, todas las personas que ocupen un mismo puesto deben recibir un salario parejo, sin excepciones. Esto aplica para todos los trabajadores del gobierno.
Texto oficial
ARTÍCULO 72.- A trabajo igual, desempeñado en puesto, horario y condiciones de eficiencia, también iguales y sin distinción de sexo, corresponde sueldo igual, debiendo ser éste uniforme para cada uno de los puestos que ocupen los servidores públicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.