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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley85/21
Ley
Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios
Artículo
21

Artículo 21 de la Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los terrenos, edificios y otros recursos que son propiedad del gobierno del estado o de los municipios, como parques o carreteras, solo se rigen por lo que dice esta ley. Eso significa que únicamente las autoridades del estado o del municipio correspondiente pueden tomar decisiones sobre ellos, sin que nadie más intervenga.

Texto oficial

Artículo 21.- Los bienes del dominio público del Estado y de los municipios estarán sujetos a las disposiciones de esta ley y sometidos exclusivamente a la jurisdicción y competencia de los gobiernos estatal y municipal, respectivamente.

Ver texto oficial de la Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.