Artículo 26 Ter de la Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te da permiso para usar o arreglar un espacio público, ese permiso dura máximo 15 años. Puedes pedir que te lo renueven por otros 15 años, pero solo si cumples una de estas condiciones: a) compruebas que vas a hacer más inversiones que beneficien a la comunidad; b) al terminar el permiso todavía tienes inversiones sin recuperar (para que te den el tiempo justo para recuperarlas); o c) hay razones válidas que no fueron tu culpa. Para pedir la prórroga, debes haber cumplido con todas las reglas y solicitarla por escrito a la Oficialía Mayor por lo menos 90 días hábiles antes de que se acabe el plazo.
Texto oficial
Artículo 26 Ter. Los permisos para uso, aprovechamiento y rehabilitación de espacios públicos, tendrán una vigencia máxima de quince años. Dichos permisos podrán prorrogarse hasta por un plazo equivalente al señalado originalmente, siempre que: a) Durante la vigencia del permiso se justifique la viabilidad de realizar inversiones adicionales, y se acredite un mayor beneficio social. b) Cuando al vencimiento del plazo originalmente otorgado, queden inversiones realizadas y debidamente acreditadas pendientes por recuperar, en cuyo caso se otorgará la prórroga estrictamente necesaria para dichos fines. c) Se presenten causas que lo justifiquen, no atribuibles a los permisionarios. Para efectos de la prórroga, el permisionario deberá estar en cumplimiento de las condiciones impuestas y solicitarla por escrito a la Oficialía Mayor, al menos, 90 días hábiles antes del vencimiento del plazo original
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.