Artículo 39 de la Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se trata de rentar o comprar un terreno o edificio que sea propiedad privada del gobierno, se aplican las reglas de esta ley, más las reglas que usa el gobierno para comprar cosas o servicios, y también lo que dice el Código Civil del Estado de México, pero solo en lo que sea relevante. En otras palabras, el gobierno tiene sus propias reglas para manejar esos inmuebles, combinando varias leyes. No te preocupes por los detalles legales; básicamente, el gobierno sigue un conjunto de normas especiales para estos casos.
Texto oficial
Artículo 39.- Los contratos de inmuebles del dominio privado se regularán por las disposiciones de esta ley, las aplicables a las adquisiciones de bienes y servicios y las del Código Civil del Estado de México, en lo conducente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.