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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley85/6
Ley
Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría General de Gobierno le tiene que avisar a la Oficialía Mayor cada vez que, por aplicar la Ley de Expropiación del Estado de México, se vayan a pasar bienes privados a manos del gobierno. Esto es como cuando el gobierno necesita un terreno de alguien para hacer una obra pública y lo expropia. La Oficialía Mayor es la que se encarga de los bienes del gobierno, como las oficinas o los terrenos públicos. En pocas palabras, un área del gobierno le reporta a otra los pasos para quedarse con propiedades que antes eran de particulares.

Texto oficial

Artículo 6.- La Secretaría General de Gobierno informará a la Oficialía Mayor de los actos y procedimientos que impliquen la transmisión de bienes de propiedad privada a favor del Estado con motivo de la aplicación de la Ley de Expropiación para el Estado de México.

Ver texto oficial de la Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios (pág. 3) ↗

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