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Artículo 74 de la Ley de Bienes del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si construyes algo sin pedir permiso a las autoridades correspondientes, todo lo que hayas edificado pasará a ser propiedad del gobierno (ya sea federal o municipal). Esto aplica tanto para construcciones como para instalaciones de cualquier tipo. En pocas palabras, si no tramitas los permisos necesarios, pierdes lo que hayas hecho y no te lo devuelven.

Texto oficial

Artículo 74.- Las obras e instalaciones que se hayan hecho sin contar con la concesión, permiso o autorización de la autoridad competente, se perderán en beneficio del Estado o de los municipios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.