Artículo 41 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que se cumpla lo que prometieron en los acuerdos, las áreas de planeación y evaluación de las dependencias de gobierno y sus servidores públicos van a revisar cómo van los proyectos. Ellos son los encargados de checar que todo se esté haciendo como se acordó y de ponerle calificación al avance de las acciones.
Texto oficial
Artículo 41.- Con el propósito de asegurar el cumplimiento de las obligaciones consignadas en los convenios de coordinación y de participación, serán las unidades de información, planeación, programación y evaluación de las Dependencias, Entidades Públicas y personas servidoras públicas involucradas en los convenios respectivos, las encargadas de dar seguimiento y evaluar la ejecución de las acciones derivadas de los mismos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.