Artículo 21 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Consejos Municipales son como grupos de apoyo y conversación dentro de los gobiernos de los municipios. Su trabajo es juntar a los vecinos, platicar y ponerse de acuerdo para que funcione el Sistema Municipal de algo (en este caso, del deporte). Cada ayuntamiento decide cómo organizarlos y qué tareas específicas les da, siempre siguiendo las reglas de esta ley. En pocas palabras, son un equipo de coordinación para que el deporte en tu municipio esté bien organizado.
Texto oficial
Artículo 21.- Los Consejos Municipales son órganos de consulta y coordinación de los gobiernos municipales para convocar, concertar, inducir e integrar las acciones de los Sistemas Municipales y tendrán la organización y funciones que determinen los ayuntamientos con arreglo a las disposiciones de la presente Ley. CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS ASOCIACIONES DEPORTIVAS ESTATALES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.