Artículo 25 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que el Instituto te dé el registro como Asociación o Sociedad Deportiva, tienes que cumplir con todo lo que pide esta Ley, su Reglamento y otras reglas que apliquen. Es como cuando tramitas un permiso: si no llevas todos los papeles y requisitos, no te lo entregan. El artículo solo dice que debes seguir al pie de la letra lo que marcan las normas. No hay más vueltas: si cumples, te registran; si no, no.
Texto oficial
Artículo 25.- Para efecto de que el Instituto otorgue el registro correspondiente a las Asociaciones o Sociedades Deportivas, éstas deberán cumplir con los requisitos establecidos en la presente Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.