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Artículo 25 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que el Instituto te dé el registro como Asociación o Sociedad Deportiva, tienes que cumplir con todo lo que pide esta Ley, su Reglamento y otras reglas que apliquen. Es como cuando tramitas un permiso: si no llevas todos los papeles y requisitos, no te lo entregan. El artículo solo dice que debes seguir al pie de la letra lo que marcan las normas. No hay más vueltas: si cumples, te registran; si no, no.

Texto oficial

Artículo 25.- Para efecto de que el Instituto otorgue el registro correspondiente a las Asociaciones o Sociedades Deportivas, éstas deberán cumplir con los requisitos establecidos en la presente Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.