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Artículo 39 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los deportistas tienen varias obligaciones que cumplir. Primero, deben seguir las reglas del deporte en el que se registraron. Segundo, tienen que asistir cuando los llamen a las selecciones para competencias locales, estatales, nacionales o internacionales. Tercero, deben acatar las decisiones de los jueces o autoridades deportivas si cometen una falta durante una competencia. Cuarto, si representan al Estado de México, tienen que usar el uniforme, el transporte y el hospedaje que les den. Quinto, deben cuidar y promover los lugares donde se hace deporte.

Texto oficial

Artículo 39.- Son obligaciones de los deportistas: I. Regirse por la disciplina deportiva a la que se haya registrado. II. Asistir a las convocatorias de las selecciones deportivas, para la participación en competiciones de carácter local, estatal, nacional o internacional. III. Dar cumplimiento a las resoluciones de los órganos disciplinarios deportivos por las infracciones cometidas en el transcurso de las competiciones deportivas. IV. Utilizar el equipamiento oficial, los medios de transporte y el alojamiento dispuestos para tal efecto, en las competiciones en las que se represente al Estado de México. V. Derogada. VI. Cuidar y promover la instalación deportiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.