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Artículo 42 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los municipios deben de impulsar que la gente haga ejercicio, practique algún deporte o se mantenga activa físicamente. Esto lo tienen que hacer sin importar el origen, género, edad o cualquier otra diferencia. Es un derecho de todos los mexiquenses, no solo de unos cuantos. El municipio es el encargado de crear las condiciones para que esto sea posible, como poner más parques o canchas. Nadie te puede excluir por ninguna razón.

Texto oficial

Artículo 42.- Los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán el ejercicio del derecho de los mexiquenses a la activación física, la cultura física y a la práctica del deporte sin discriminación alguna.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.