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Artículo 57 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los deportistas y entrenadores que reciben apoyos del gobierno (como dinero o equipo) están obligados a asistir a competencias y eventos oficiales a nivel estatal o nacional cuando las autoridades deportivas los inviten. Esto aplica solo si ya están recibiendo esos beneficios del programa. No pueden negarse a participar si los llaman. Es como un compromiso: aceptas el apoyo y a cambio debes presentarte en los eventos importantes que organicen.

Texto oficial

Artículo 57.- Los deportistas y entrenadores de alto rendimiento que gocen de los apoyos económicos y materiales a que se refiere el presente Capítulo deberán participar en los eventos y actos Estatales y Nacionales que convoquen las autoridades deportivas respectivas. CAPÍTULO SEGUNDO DEL DEPORTE ADAPTADO DE ALTO RENDIMIENTO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.