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Artículo 59 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 59 dice que un deporte se vuelve profesional cuando hay una relación de trabajo de por medio. Esto significa que si alguien práctica un deporte y recibe un sueldo o pago por hacerlo, ya es considerado un deportista profesional. En otras palabras, no basta con que te paguen una vez o te den un premio, sino que debe existir un contrato o acuerdo laboral constante. Así que si entrenas y compites a cambio de un salario fijo, la ley te ve como un trabajador del deporte.

Texto oficial

Artículo 59.- Se considera deporte profesional al que se sujeta a una relación de trabajo, obteniendo una remuneración económica por su práctica.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.