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Artículo 74 de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto tiene la tarea de convencer a las distintas dependencias del gobierno estatal para que presten o compartan espacios públicos, como clínicas, parques y plazas, donde la gente pueda hacer ejercicio o practicar deporte. La idea es que estos lugares se usen para que más personas tengan acceso a actividades físicas, sin necesidad de construir instalaciones nuevas. En resumen, busca que los espacios que ya existen sirvan también para promover la cultura física y el deporte.

Texto oficial

Artículo 74.- El Instituto promoverá ante las diversas instancias de gobierno Estatal, la utilización de centros de salud, parques, plazas y demás espacios o instalaciones públicas en apoyo a la cultura física y deporte.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.