- Ley
- Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México
- Artículo
- 22
Artículo 22 de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno del estado o de un municipio haga planes para el futuro, tiene que tomar en cuenta cómo mejorar la vida, el trabajo, la salud y la educación de los pueblos indígenas. Y no puede hacerlo solo: debe pedirles su opinión y trabajar junto con ellos para lograrlo.
Texto oficial
Artículo 22.- Los procesos de planeación estatal y municipal deberán considerar el mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación de los pueblos indígenas, con su participación y cooperación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.