Artículo 56 de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las comunidades indígenas tienen el derecho de pedirle a las autoridades que revisen si quienes dañaron el medioambiente reparan el daño que causaron. Ellas mismas pueden verificar que se cumpla, según lo que marcan las leyes. Por ejemplo, si alguien contamina un río o bosque que pertenece a la comunidad, ellos pueden exigir que se limpie o restaure. Esto aplica siempre siguiendo las reglas legales que ya existen. En pocas palabras, la ley les da voz para proteger su entorno.
Texto oficial
Artículo 56.- Las comunidades indígenas podrán exigir y verificar ante las autoridades correspondientes, que los infractores reparen el daño ecológico causado, en términos de las disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.