Artículo 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que ocupa el cargo de Auditor Superior va a estar en el puesto por ocho años, empezando el primero de enero del año después de que lo elijan. Puede ser reelegido solo una vez más por otros ocho años, pero para eso se necesita que dos de cada tres diputados presentes en el Congreso voten a favor. Para que lo vuelvan a nombrar, tienen que revisar cómo le fue en su trabajo cada año.
Texto oficial
Artículo 15.- Auditor Superior durará en su encargo ocho años, comenzando el 1 de enero siguiente al año de su elección y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez hasta por un período igual, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Legislatura. Para ser nombrado nuevamente se deberá considerar el informe anual de gestión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.