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Artículo 6 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Órgano Superior, que es la autoridad encargada de revisar el dinero público, debe hacer su trabajo siguiendo reglas claras: solo actuar con base en la ley, tomar decisiones finales que no se puedan echar para atrás, ser justo sin favorecer a nadie, asegurarse de que su información sea confiable y hacer todo público para que cualquier persona lo pueda ver. Además, tiene que revisar cómo las instituciones o gobiernos gastan los fondos, los recursos del pueblo y manejan las deudas, siempre apegándose a lo que dicen las leyes.

Texto oficial

Artículo 6. El Órgano Superior en el ejercicio de sus atribuciones, desarrollará la función de fiscalización conforme a los principios de legalidad, definitividad, imparcialidad, confiabilidad y de máxima publicidad. Asimismo, deberá fiscalizar las acciones de las entidades fiscalizables en materia de fondos, recursos públicos y deuda pública de conformidad con las leyes aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.