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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley96/71
Ley
Ley de Fiscalización Superior del Estado de México
Artículo
71

Artículo 71 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 71 dice que cuando alguien presenta un recurso de revisión (que es como una queja para pedir que revisen una decisión), la autoridad que lo recibe tiene 45 días hábiles para dar una respuesta final. Los días hábiles son los que no incluyen sábados, domingos ni días festivos. El conteo empieza desde el momento en que se entrega el recurso.

Texto oficial

Artículo 71. El Órgano Superior o la autoridad que conozca del recurso de revisión, resolverá en definitiva dentro de un plazo de cuarenta y cinco días hábiles siguientes a la fecha de interposición del recurso.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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