Artículo 17 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te demandan, tienes que responder por escrito y tu respuesta debe incluir estas tres cosas: Primero, tienes que responder a cada uno de los hechos que te están acusando. Puedes decir si son ciertos, falsos, que no sabes o explicar cómo pasaron realmente. Segundo, si consideras que la demanda no debería proceder por alguna razón legal (por ejemplo, porque ya pasó el tiempo para demandar), debes mencionarlo ahí. Tercero, tienes que incluir los argumentos y leyes que te sirvan para defender que lo que hiciste o la regla que aplicaste fue correcta. En pocas palabras, al contestar una demanda, debes responder punto por punto, señalar si hay algún impedimento legal para que te demanden, y dar tus razones y fundamentos legales de defensa.
Texto oficial
Artículo 17.- El escrito de contestación de demanda deberá contener como mínimo: I. La contestación de cada uno de los hechos narrados por la actora, afirmándolos o negándolos, expresando los que ignore o exponiendo cómo ocurrieron; II. En su caso, las causales de improcedencia que estime actualizadas; III. Las razones y fundamentos legales que se estimen pertinentes para sostener la validez de la disposición general o acto de que se trate.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.