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Artículo 22 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el escrito que entregas al juez está mal redactado o tiene errores, el Magistrado Instructor (el juez encargado) te va a avisar para que lo arregles en un plazo de 3 días. Si no corriges esos errores dentro del tiempo que te dieron, el juez va a rechazar tu demanda y no podrás seguir con el juicio.

Texto oficial

Artículo 22.- Si los escritos de demanda, contestación, reconvención o ampliación fueren obscuros o irregulares, el Magistrado Instructor prevendrá a los promoventes para que subsanen las irregularidades dentro del plazo de tres días. De no subsanarse las irregularidades, el Magistrado Instructor desechará la demanda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.