Artículo 22 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el escrito que entregas al juez está mal redactado o tiene errores, el Magistrado Instructor (el juez encargado) te va a avisar para que lo arregles en un plazo de 3 días. Si no corriges esos errores dentro del tiempo que te dieron, el juez va a rechazar tu demanda y no podrás seguir con el juicio.
Texto oficial
Artículo 22.- Si los escritos de demanda, contestación, reconvención o ampliación fueren obscuros o irregulares, el Magistrado Instructor prevendrá a los promoventes para que subsanen las irregularidades dentro del plazo de tres días. De no subsanarse las irregularidades, el Magistrado Instructor desechará la demanda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.