Artículo 49 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica de qué trata una parte de la ley. Básicamente, dice que su objetivo es establecer las reglas para cuando alguien presente una **Acción de Inconstitucionalidad**, que es como un reclamo formal para decir que una ley o reglamento local va en contra de la Constitución del Estado de México. Esto aplica para leyes, reglamentos o decretos que hayan hecho gobiernos estatales o municipales. Es decir, sirve para que los ciudadanos o autoridades puedan impugnar esas normas si creen que no respetan la Constitución del estado. En resumen, aquí se definen los pasos a seguir para ese tipo de quejas legales.
Texto oficial
Artículo 49.- Este título tiene por objeto regular el procedimiento, relativo a las Acciones de Inconstitucionalidad que sean interpuestas en contra de leyes, reglamentos estatales o municipales, bandos municipales o decretos de carácter general por considerarlos contrarios a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 09 de septiembre de 2004. Última reforma POGG: 5 de abril de 2024. LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 88 BIS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO 9
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.