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Ley
Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Artículo
58

Artículo 58 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de cuando se impugna una ley electoral porque se cree que va en contra de la Constitución. En esos casos, los tiempos se acortan: solo tienes 3 días para pedir aclaraciones sobre la demanda, y 5 días para presentar un informe explicando por qué la ley sí es válida. Es un proceso más rápido que en otros tipos de juicios, para no retrasar asuntos electorales.

Texto oficial

Artículo 58.- Tratándose de una acción de inconstitucionalidad en contra de leyes electorales, los plazos a que se refiere el artículo anterior serán de tres días para hacer aclaraciones y de cinco para rendir el informe que contenga las razones y fundamentos tendientes a sostener la constitucionalidad de la ley impugnada.

Ver texto oficial de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.