Artículo 58 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de cuando se impugna una ley electoral porque se cree que va en contra de la Constitución. En esos casos, los tiempos se acortan: solo tienes 3 días para pedir aclaraciones sobre la demanda, y 5 días para presentar un informe explicando por qué la ley sí es válida. Es un proceso más rápido que en otros tipos de juicios, para no retrasar asuntos electorales.
Texto oficial
Artículo 58.- Tratándose de una acción de inconstitucionalidad en contra de leyes electorales, los plazos a que se refiere el artículo anterior serán de tres días para hacer aclaraciones y de cinco para rendir el informe que contenga las razones y fundamentos tendientes a sostener la constitucionalidad de la ley impugnada.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.