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Artículo 63 de la Ley Reglamentaria del Artículo 88 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la Sala Constitucional resuelva un caso sobre disputas constitucionales, tiene la obligación de arreglar cualquier error que encuentre en los artículos de ley que las partes mencionaron. Además, debe revisar todos los argumentos que presentaron quienes están peleando, para entender bien el problema real y darle una solución completa, sin limitarse solo a lo que dijeron al principio.

Texto oficial

Artículo 63.- En las sentencias relativas a las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, la Sala Constitucional deberá corregir los errores en la cita de los preceptos invocados y examinará en su conjunto los razonamientos de las partes a fin de resolver la cuestión efectivamente planteada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.