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Artículo 25 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tienes derecho a que tu hijo o hija crezca en un lugar limpio, seguro y sano, tanto física como emocionalmente. Los papás, tutores o quienes cuidan a los niños son los primeros responsables de darles buenas condiciones de vida, pero sin usar golpes, castigos físicos ni ningún tipo de violencia para corregirlos o disciplinarlos. Si la familia no puede sola, el gobierno (estatal y municipal) debe ayudar con programas y acciones para que los niños vivan bien y se desarrollen completos.

Texto oficial

Artículo 25. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en un medio ambiente sano y sustentable, y en condiciones adecuadas que permitan su desarrollo, bienestar, crecimiento saludable y armonioso, tanto físico como mental, material, espiritual, ético, cultural y social. Corresponde en principio y directamente a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes proporcionar dentro de sus posibilidades, las condiciones de vida suficientes para su desarrollo integral y una crianza positiva, por lo que queda prohibido el uso del castigo corporal y cualquier forma o tipo de violencia en todos los ámbitos como método correctivo o disciplinario a niñas, niños o adolescentes. Las autoridades estatales y municipales estarán obligadas de manera subsidiaria, en el ámbito de sus respectivas competencias, mediante políticas públicas, programas y acciones a crear condiciones para que la familia pueda desempeñar sus derechos y obligaciones de manera adecuada para asegurar los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.