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Artículo 39 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los gobiernos de los estados y de los municipios deben hacer campañas para que la sociedad, incluyendo a las familias, entienda mejor cómo es la vida de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad. También tienen que promover que se les respeten sus derechos y su dignidad. Igualmente, deben trabajar para eliminar las ideas falsas o los prejuicios que existen sobre la discapacidad de estos menores. Esto aplica en todo lo que sea responsabilidad de cada autoridad estatal o municipal.

Texto oficial

Artículo 39. Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán acciones a fin de sensibilizar a la sociedad, incluso a nivel familiar, para que tome mayor conciencia respecto de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad y fomentar el respeto a sus derechos y dignidad, así como combatir los estereotipos y prejuicios respecto de su discapacidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.