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Artículo 47 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los niños y adolescentes tienen derecho a decir lo que piensan, ya sea en público o en privado, y pueden hacerlo hablando, escribiendo, dibujando o como ellos quieran. Este derecho se ajusta a su edad y madurez, y también hay límites por ley para cuidar la seguridad, la salud o los derechos de otras personas. Los papás o quienes los cuidan deben guiarlos para que usen bien este derecho y les ayude a crecer de manera completa.

Texto oficial

Artículo 47. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas u opiniones tanto en el ámbito público como privado, ya sea oralmente, por escrito o medio impreso, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por ellos. El ejercicio de este derecho se llevará a cabo conforme a la evolución de sus facultades, edad, madurez y demás limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud, la moral y los derechos de terceros. Los padres o quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia tienen el deber de orientar a niñas, los niños y adolescentes en el ejercicio de este derecho a fin de que contribuya a su desarrollo integral.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.