Artículo 100 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, junto con otras dependencias (como municipios y organizaciones de productores), se encargará de promover y vigilar que todo lo relacionado con la producción, transformación, venta y transporte del sector se haga de manera higiénica y segura. Esto incluye trabajar con personas particulares y grupos de apoyo para asegurarse de que se cumplan las reglas sanitarias.
Texto oficial
Artículo 100. La Secretaría promoverá en coordinación con las dependencias federales, municipales, organizaciones sociales, agropecuarias, acuícolas, apícolas y de los agaves, con las y los particulares y organismos auxiliares la difusión, vigilancia y el control de aspectos sanitarios en la producción, industrialización, comercialización y movilización del sector.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.