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Artículo 103 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que la Secretaría de Salud (o la dependencia encargada) es la responsable de manejar las campañas para prevenir enfermedades en plantas, animales, peces, abejas y maguey. Para hacerlo, tiene que trabajar junto con el gobierno federal, los municipios y grupos de apoyo especializados. Esto aplica a cultivos como el agave (usado para el mezcal o el tequila) o la apicultura (crianza de abejas). En palabras simples, el gobierno se encarga de proteger a estos seres vivos de plagas o enfermedades, pero no lo hace solo, sino en equipo con otras autoridades y organizaciones.

Texto oficial

Artículo 103. La operación de las campañas sanitarias de origen vegetal, animal, acuícola, apícola y el agave será responsabilidad de la Secretaría en coordinación con las autoridades federales, municipales y los organismos auxiliares.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.