Artículo 115 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre cómo se va a organizar la información del campo en el Estado de México. Dice que se usarán nuevas tecnologías, pero siempre siguiendo las reglas y lineamientos que ya existen sobre informática en el gobierno del estado. También menciona que se van a crear sistemas para poder rastrear productos del campo, como frutas, verduras, carne, pescado, miel y agave, desde su origen hasta que llegan a ti. Además, cada persona o empresa que participe en el proceso —como productores, transportistas o vendedores— tendrá que llevar un registro escrito de cómo se mueve ese producto.
Texto oficial
Artículo 115. La organización y coordinación del Sistema Estatal de Información de Desarrollo Agropecuario incluirá las nuevas tecnologías como herramienta estratégica apegándose a los lineamientos, normas, políticas emitidas por el Sistema Estatal de Informática, el Reglamento de Informática del Poder Ejecutivo del Estado de México y el Manual de Normas y Procedimientos de Informática. Asimismo, establecerá las bases para la implementación de sistemas de trazabilidad en bienes de origen vegetal, animal, acuícola, apícola, del agave y además, emitirá las disposiciones necesarias para que cada eslabón de la cadena de valor implemente y mantenga un sistema de trazabilidad documentado en las etapas correspondientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.