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Ley
Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México
Artículo
25

Artículo 25 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Administración está formado por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, cada uno con un suplente. Todos toman decisiones en equipo, no de manera individual. Su cargo dura tres años, pero la Asamblea General (que es la reunión de todos los miembros) puede reelegirlos o quitarlos del puesto, siempre y cuando así lo digan las reglas del grupo.

Texto oficial

Artículo 25.- El Consejo de Administración se integrará con un Presidente, un Secretario y un Tesorero, con sus respectivos suplentes, quienes actuarán en forma colegiada; durará en su cargo tres años y sus integrantes podrán ser reelectos o removidos por la Asamblea General según lo establezcan sus propios estatutos.

Ver texto oficial del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México (pág. 14) ↗

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