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Artículo 68 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres profesionista o tienes una asociación que ayuda a productores a contratar servicios técnicos o de asesoría, necesitas un registro para poder hacerlo. Para obtenerlo, debes entregar una solicitud por escrito donde pongas a qué autoridad va dirigida, la fecha y el lugar, tu nombre completo o el nombre de tu asociación, y un domicilio que esté dentro del estado. Además, tienes que incluir copias y originales de tu título profesional o técnico, tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC), tu CURP y tu currículum, todo para que lo revisen y comparen.

Texto oficial

Artículo 68.- Los profesionistas individuales o asociados que apoyen a los productores en la contratación de servicios técnicos y de asesoría en la materia, para obtener su registro deberán presentar solicitud por escrito en la que se contenga: I. Autoridad a la que se dirige. II. Lugar y fecha. III. Nombre completo del profesionista o razón social de la asociación. IV. Domicilio particular que deberá estar ubicado en el territorio del Estado. A la solicitud se deberá adjuntar la documentación siguiente: a) Título profesional o técnico. b) Registro Federal de Contribuyentes. c) Cédula Unica del Registro de Población (CURP). d) Currículum. Los documentos listados deberán presentarse en original y copia para su cotejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.