Artículo 78 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a crear y manejar un Registro Estatal para productores del campo, pesca, abejas y agave. Para registrarte, te van a pedir dos cosas: tu patente (como un permiso oficial) y una credencial de identificación basada en el sistema llamado SURA. Si tienes ganado, además debes estar anotado en el Padrón Ganadero Nacional y tener a tus animales identificados con el sistema SINIIGA (como aretes o chips).
Texto oficial
Artículo 78. La Secretaría será la responsable de integrar y operar un Registro Estatal Agropecuario, Acuícola, Apícola y del Agave solicitando al productor como requisitos indispensables la patente y credencial de identificación en base al Sistema Único de Registro Agropecuario (SURA) y en caso pecuario estar inscrito en el Padrón Ganadero Nacional y tener identificado su ganado a través de identificadores del Sistema Nacional de Identificación Individual del Ganado (SINIIGA).
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.