Artículo 80 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a manejar un registro especial para cosas del campo, como animales, plantas, pescados, abejas y agaves. Sirve para sacar permisos de traslado y llevar cuentas claras, así nadie mueve productos sin control. La idea es que se pueda rastrear todo lo que se transporta, desde una vaca hasta una planta de agave. Para que funcione, la Secretaría trabajará de la mano con grupos ganaderos y otras organizaciones que ayudan en esto.
Texto oficial
Artículo 80. La Secretaría será la encargada de operar el Registro Estatal Agropecuario, Acuícola, Apícola y el Agave para la emisión de guías de tránsito y control estadístico con la finalidad de garantizar que las movilizaciones agropecuarias, acuícolas, apícolas y de agaves cuenten con trazabilidad coordinando acciones con los organismos auxiliares y organizaciones ganaderas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.