Artículo 86 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si dejaste tu ganado en un corral o con alguien más como garantía de un préstamo o por algún acuerdo, para recuperarlo tienes que mostrar una identificación oficial y comprobar con papeles que eres el dueño. Además, tienes que pagar todos los gastos que se hicieron para mantener a los animales mientras estuvieron ahí, como comida o cuidados. Sin pagar eso, no te los pueden regresar. Es como cuando empeñas algo y tienes que pagar para recuperarlo.
Texto oficial
Artículo 86.- El propietario del ganado consignado deberá identificarse plenamente y acreditar la propiedad para recuperarlos, pagando los gastos ocasionados por su manutención.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.