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Artículo 92 del Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, de la Acuacultura, Apicultura y el Agave del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando haya un peligro grave y urgente al movilizar plantas o animales, la Secretaría puede cancelar tus permisos de transporte con base en pruebas científicas. También puede restringir el traslado de animales vivos o muertos, plantas y sus derivados en una región o estado. Además, puede asegurar o hasta destruir productos para evitar que se propaguen plagas o enfermedades. Y ojo: si aplican estas medidas, tú, como dueño o poseedor de la mercancía, tendrás que pagar todos los gastos.

Texto oficial

Artículo 92. La inspección será documental y podrá realizarse en forma física o electrónica y cuando exista un riesgo inminente en la movilización de vegetales, animales, acuícolas, apícolas y agaves, la Secretaría dejará sin efecto las guías de tránsito y control estadístico por notificación oficial, diagnóstico u otro mecanismo científicamente sustentado y asimismo podrá adoptar cualquiera de las medidas sanitarias siguientes: I. Restringir la movilización de cadáveres, despojos de animales, vegetales, animales, acuícolas, apícolas, agaves, productos y subproductos para uso o consumo animal y cualquier otra mercancía en una zona, región o en la Entidad. II. Asegurar y en su caso ordenar la destrucción de bienes de origen vegetal, animal, acuícola, apícola, el agave, productos y subproductos. III. En general, establecer todas aquellas medidas tendientes a controlar la diseminación de plagas y enfermedades que representen un riesgo sanitario para los vegetales, animales, acuícolas, apícolas, agaves, sus productos y subproductos. IV. Todos los gastos que en su caso se generen por la ejecución de las medidas sanitarias serán por cuenta de la y el propietario o poseedor de las mercancías de vegetales, animales, acuícolas, apícolas, agaves, sus productos y subproductos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.