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Ley
Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
11

Artículo 11 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todos los proyectos del gobierno, como construir carreteras o dar servicios de limpieza, deben planearse con un programa anual. Esas dependencias y entidades —que son las oficinas y empresas del gobierno— tienen que hacer ese programa por su cuenta, sin importar de dónde vaya a salir el dinero para pagarlo. En otras palabras, primero se planea qué se va a hacer durante el año, y luego se busca cómo financiarlo.

Texto oficial

Artículo 11.- La obra pública y los servicios se realizarán mediante programas anuales, que las dependencias y entidades formularán independientemente de la fuente de recursos prevista.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México (pág. 8) ↗

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