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Artículo 127 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para calcular el precio de una parte específica de la obra, todo debe cuadrar con cómo se va a construir, los tiempos, los materiales, los trabajadores y las máquinas que se usarán. Hay que seguir las reglas de construcción y calidad que ponga quien contrata el trabajo. También debes tomar en cuenta los costos reales de los materiales, la mano de obra y todo lo necesario, en el momento y lugar donde se hará la obra. Pero no incluyas el IVA en ese cálculo.

Texto oficial

Artículo 127.- La integración y cálculo de los precios unitarios para definir el valor de un concepto de trabajo determinado deberá ser congruente con los procedimientos constructivos, con los programas de trabajo, de suministro de materiales, de personal y utilización de maquinaria y equipo de construcción, atendiendo las especificaciones generales y particulares de construcción y normas de calidad que determine el contratante; y considerando los costos de los materiales, recursos humanos y demás insumos necesarios en el momento y en el lugar donde se llevarán a cabo los trabajos, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

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