Artículo 157 del Reglamento del Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 157 habla de los "cargos adicionales", que son gastos extras que el contratista (la persona o empresa que hace el trabajo) tiene que pagar por impuestos o derechos que surgen al realizar la obra, y que no están incluidos en los costos normales como materiales, mano de obra, financiamiento o ganancia. Solo se pueden considerar como cargos adicionales aquellos que vengan de leyes o reglas oficiales, como impuestos federales o locales, o gastos de inspección y supervisión de las autoridades. Estos cargos extras no se les aplican los porcentajes de los costos indirectos, de financiamiento o de la ganancia del contratista. Para calcular el precio final de cada unidad de trabajo, los cargos adicionales se suman después de la ganancia. Solo se pueden ajustar si la ley o regla que los creó dice que deben subir o bajar.
Texto oficial
Artículo 157.- Los cargos adicionales son las erogaciones que el contratista debe realizar de un impuesto o derecho que se cause con motivo de la ejecución de los trabajos y que no forman parte de los costos directos, indirectos y por financiamiento, ni del cargo por utilidad. Solo podrán considerarse los cargos que provengan de ordenamientos legales o de disposiciones administrativas aplicables emitidas por autoridades competentes, como impuestos federales y locales y gastos de inspección y supervisión. Los cargos adicionales no se afectarán por los porcentajes determinados para los costos indirectos, de financiamiento y del cargo por utilidad. Para determinar el precio unitario, los cargos adicionales deberán sumarse a los costos después del cargo por utilidad. Solamente serán ajustados cuando las disposiciones legales o administrativas que les dieron origen establezcan un incremento o decremento para los mismos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.